Registro de Planes de Autoprotección de Castilla-La Mancha
Ha sido publicado en el DOCM el Decreto 1/2018, de 9 de enero, por el que se regula el Registro de los Planes de Autoprotección de Castilla-La Mancha. Su objeto es regular la organización y funcionamiento del Registro de Planes de Autoprotección así como del procedimiento de inscripción de los planes de autoprotección de los centros, establecimientos, dependencias y espacios dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
La finalidad del Registro es facilitar a los servicios públicos de protección civil el acceso a la información necesaria para el ejercicio de sus competencias, así como permitir la tramitación de los procedimientos de control administrativo a desarrollar por los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El Registro de Planes de Autoprotección de Castilla-La Mancha tiene carácter público y su gestión y funcionamiento se realizará por medios electrónicos.
La inscripción en el Registro será obligatoria para el titular alguna de las actividades incluidas en el anexo I de la Norma Básica de Autoprotección, aprobada por el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo o de las actividades que así se establezcan por otra normativa específica, que se desarrollen en los centros, establecimientos, dependencias o espacios emplazados en Castilla-La Mancha.
Asimismo, se podrá exigir la elaboración y correspondiente registro de los planes de autoprotección a los titulares de actividades no incluidas en el anexo I de la Norma Básica de Autoprotección, cuando presenten un especial riesgo o vulnerabilidad, por sí mismas, o por hallarse en entornos de riesgo o con especial vulnerabilidad.
Con la entrada en vigor de este Decreto, el 15 de marzo de 2018, queda derogado el Decreto 11/2014, de 20 de febrero, por el que se crea y regula el Registro de Planes de Autoprotección de Castilla-La Mancha.
Puedes descargarte el texto íntegro del Decreto en el siguiente enlace.