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Modificación del programa MOVES II

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Ha sido publicado en BOE el Real Decreto 587/2020, de 23 de junio la modificación de las Bases reguladoras de MOVES II. Según esta modificación, la adquisición de cualquier categoría de vehículo, incluidas las motos, que realicen particulares desde el 18 de junio de 2020, serán elegibles en el Programa MOVES II

 El BOE ha publicado el Real Decreto 587/2020, de 23 de junio que incluye en su Disposición final primera una modificación del Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla.

La adquisición de cualquier categoría de vehículo, incluidas las motos, que realicen particulares sin actividad profesional desde el 18 de junio de 2020, serán elegibles en el Programa MOVES II según Disposición final primera del Real Decreto 587/2020, de 23 de junio, modificando así las Bases reguladoras de MOVES II, que sólo permitían que fueran elegibles las adquisiciones de turismos y furgonetas desde esa fecha.

Las adquisiciones, no obstante, deberán registrarse en las convocatorias correspondientes y cumplir el resto de requisitos fijados en las Bases reguladoras del Programa MOVES II establecidas por Real Decreto 569/2020, de 16 de junio.

Fuente: www.idae.es

Fuente: www.idae.es